¿Cómo Hacer un Testamento en Costa Rica?

por | Last updated Feb 20, 2024 | Testamentos

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El testamento en Costa Rica es la declaratoria de última voluntad mediante la cual una persona ordena cómo deben distribuirse sus bienes y activos al momento de su fallecimiento.

Para otorgar el testamento en Costa Rica se requiere:

  1. Testigos
  2. Estar en pleno goce y uso de sus facultades mentales
  3. Una declaración libre de la voluntad

 

 

Tipos de Testamento en Costa Rica: Abierto y Cerrado

 

En Costa Rica el testamento puede ser Abierto (testamento público) o Cerrado (testamento confidencial).

 

1. El Testamento Abierto se otorga ante Notario Público o de forma privada: Ante Notario requiere 3 testigos si es impreso en el protocolo, ó 2 testigos si es transcrito de puño y letra del testador. Si es en forma privada.

Ante Notario se requieren 3 testigos si testamento es impreso en el protocolo, y 2 testigos si el mismo testador escribe el testamento.

Sin Notario Público puede otorgarse ante 4 testigos si el testador lo escribe, y 6 testigos si el testado no lo escribe. El inconveniente con el testamento privado es que suele ser cuestionado por lo que hay que demostrar su autenticidad.

 

2. El Testamento cerrado es firmado por el testado en documento simple, se guarda en sobre cerrado y sellado, se entrega a un Notario Público para que éste deje constancia en el protocolo de su existencia. Este testamento será abierto hasta el fallecimiento.

El Testamento puede ser cambiado en cualquier momento, por lo que la firma de un nuevo testamento deja sin efecto el anterior.

También leer: Proceso Sucesorio: Testamentos y Herencias (en Costa Rica)

 

¿Cuánto cuesta un testamento en Costa Rica (Gastos Legales)?

El precio de un testamento (gastos legales) es muy económico.

El testamento como tal tiene un costo más o menos de 120 mil a 130 mil colones. Está establecido en el arancel de honorarios de notarios.

A la hora de ejecutarlo, va en función de los bienes entonces eso sí eso es un porcentaje menor o mayor, dependiendo de la disputa y el abogado o los abogados.

Si hay una disputa, (por eso es importante el testamento), los involucrados tendrán también derecho a cobrar, así como el albacea tendrá derecho a cobrar un honorario, salvo que en el testamento establezcamos que el albacea, que es el administrador de la herencia correspondiente, no cobre honorarios.

Si hay un testamento, los costos se reducen considerablemente.

Lo único que hay que pagar de entrada al momento de inscribir el testamento, es el impuesto de traspaso, que es el 1,5% cuando es una finca, o el 2,5% cuando son vehículos, y los timbres como tales para la inscripción en el registro.

Si no son bienes inscribibles, pues no pagan más que el trámite, y lo pagan los herederos.

Su principal beneficio es que define las reglas respecto a cómo debe distribuirse el patrimonio del testador, evitando los elevados costos del proceso sucesorio (mortual), el tiempo que el proceso judicial conlleva, y los múltiples problemas personales y familiares que suelen presentarse en este tipo de procesos.

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